¿Cómo Combatir la Corrupción en las Organizaciones Educativas?

Cuando escuchamos la palabra de corrupción, por lo general la asociamos en nuestras mentes a pagos de sobornos que se producen entre malos funcionarios públicos que extorsionan a postores privados, en un claro abuso de su posición de poder, o por el contrario pensamos en codiciosos empresarios que sin escrúpulos corrompen y compran conciencias sin la menor vergüenza para conseguir sus objetivos comerciales. Este es un tema que siempre genera el debate en las clases que suelo impartir, bien sea a entidades del Estado como a organizaciones privadas.

Sin embargo, la noticia sobre la anulación del Examen de Admisión 2022 en una de las universidades nacionales de mayor prestigio pone en relieve que el problema de la corrupción, que generalmente se materializa a través del pago de sobornos en las actividades comerciales, está enquistado en toda nuestra sociedad y las organizaciones educativas, lamentablemente no son la excepción. Es por ello que me gustaría compartir algunas ideas a manera de reflexión de lo expuestas que están las actividades de enseñanza a la corrupción.

Si partimos por la definición de CORRUPCIÓN, que se define como «EL USO DEL PODER EN BENEFICIO PROPIO», caeremos en cuenta la importancia de establecer claramente una buena evaluación de los riesgos del soborno en el proceso educativo, cualquiera que fuera el nivel de este, sea desde secundaria, técnica o universitaria. En este escenario el profesor tiene un PODER que sin duda, mal empleado puede llevar a que se puedan producir conductas cuestionables en la relación alumno – profesor. Creo que esto no es nada nuevo para los lectores, puesto que todos hemos estado en la condición de colegiales y estudiantes universitarios y quien sabe si en el pasado alguno ha sido testigo y cómplice silencioso de situaciones donde un alumno que andaba con un rendimiento mediocre, mágicamente conseguía el «notón» necesario para pasar, pese a que claramente no había realizado el esfuerzo correspondiente. Y el pago del soborno, no se restringe al dinero sino todo tipo de ofrecimientos y favores que se podrán imaginar.

Queda claro entonces que las organizaciones educativas por lo general adoptan medidas de control para evitar este tipo de conductas, las mismas que seguramente son las siguientes:

  1. Establecen un Código de Conducta o Reglamento. Al existir las reglas claras tanto para el docente como para el alumno , respecto al comportamiento ético e íntegro dentro y fuera del aula. Sobre este punto, sugeriría también que se aborde claramente sobre los riesgos del soborno o extorsión que pudieran producirse.
  2. Señalan los escenarios de Conflictos de Interés. La relación alumno-maestro debe mantenerse en estricto dentro de los límites necesarios. Los docentes y alumnos deben saber que no es TRANSPARENTE que un Alumno reciba clases particulares de su profesor.
  3. Establecen procedimientos para llevar el Registro de Notas. Los registros de evaluaciones que son informados por los docentes, son por lo general registrados y controlados por la propia organización de enseñanza, con lo cual se centraliza la información del rendimiento de los alumnos en una área que se encarga de su custodia.

Sin embargo, si aplicamos la metodología de un Sistema de Gestión Antisoborno ISO 37001, podríamos identificar otras situaciones de riesgo, sobre los cuales se debería poner énfasis en la creación de controles. Aquí se podría proponer, a manera de ejemplo, dos controles adicionales (pero no son las únicas).

  1. Adoptar un Modelo de Evaluación más Participativo y Transparente. Esto significa que debería evaluarse un cambio en la forma tradicional de evaluar el aprendizaje, ya no con un examen escrito, sino a través de actividades en clase o trabajos participativos. Esto plantea una serie de desafíos para el docente y los alumnos. Pero no cabe duda, que si al término de cada clase, se fueran obteniendo calificaciones parciales, no habría ninguna duda para nadie de los rendimientos y nivel de aprovechamiento del alumnado.
  2. Establecer y Fomentar el Uso de los Canales Éticos e Integridad. La norma ISO 37001 Antisoborno establece que el planteamiento de inquietudes debe hacerse de manera anónima y confidencial, y de acuerdo a los reportes de organizaciones dedicadas al estudio del fraude como el ACFE (Association of Certified Fraud Examiners) señalan que más del 80% de los casos detectados, se reciben a través de las delaciones en estas líneas. Por ello, poner al alcance del alumnado este canal de denuncias y fomentar su uso, puede contribuir notablemente a combatir cualquier conducta que ponga en riesgo la reputación de la entidad educativa, por cualquier falta de integridad que pudiera existir. Además, recordemos que cuando hemos sido alumnos, todos sabíamos quien es quien en la clase.

Sin duda que cada organización tendrá que hacer su propia evaluación de riesgos y ver que suma y que le aplica mejor. Mi recomendación sería que así como la gran mayoría se enfoca en la calidad educativa, no debe perderse de vista las consecuencias y el impacto en su reputación por escándalos y actos de soborno descubiertos.

Si Ud. pertenece a una organización educativa y está interesado en conocer más detalles sobre este tema, contáctenos y con gusto los ayudaremos.

Ramón Velasco Stoll Consultor y Auditor ISO 37301 Compliance e ISO 37001 Sistemas de Gestión Antisoborno

Escribanos a BSBC Consulting Group – email: info@bsbc.pe

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